La quema de cañaverales forma parte del lado oscuro de Tucumán. Como ocurre cada vez que comienza el período de zafra, los incendios en los campos se suceden uno tras otro, pese a los controles que realiza el Gobierno y a la existencia de leyes que los prohíben.
La quema de caña está prohibida, de acuerdo con lo que establece el artículo 38 de la Ley 6.253, con la modificación introducida por la Ley 7.459. Hace dos años también se agregó un nuevo cambio, que prohíbe a los ingenios recibir caña quemada.
Además, el artículo 186 del Código Penal establece penas de tres a 10 años de prisión a quien causare incendios, explosiones e inundaciones. Hace dos años se modificaron leyes vinculadas a la quema de caña para reducir de 20 a 5 años el plan de erradicación paulatino, con el fin de eliminar definitivamente los incendios de cañaverales provocados con el fin de cosechar el producto.
ARTICULO 38°.-Prohíbese en todo el Territorio de la Provincia la quema de vegetación (arraigada o seca) para evitar la degradación de los suelos y la atmósfera, y el consiguiente desequilibrio del ecosistema.
La quema de caña está prohibida, de acuerdo con lo que establece el artículo 38 de la Ley 6.253, con la modificación introducida por la Ley 7.459. Hace dos años también se agregó un nuevo cambio, que prohíbe a los ingenios recibir caña quemada.
Además, el artículo 186 del Código Penal establece penas de tres a 10 años de prisión a quien causare incendios, explosiones e inundaciones. Hace dos años se modificaron leyes vinculadas a la quema de caña para reducir de 20 a 5 años el plan de erradicación paulatino, con el fin de eliminar definitivamente los incendios de cañaverales provocados con el fin de cosechar el producto.
ARTICULO 38°.-Prohíbese en todo el Territorio de la Provincia la quema de vegetación (arraigada o seca) para evitar la degradación de los suelos y la atmósfera, y el consiguiente desequilibrio del ecosistema.

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